pensión alimenticia

Alimentos dieteticos

generalidad

Según la primera ley vigente (núm. 327 del 29 de marzo de 1951), los alimentos dietéticos podrían definirse:

"los productos a los que, o mediante el procesamiento o la adición de sustancias particulares, se han conferido propiedades dietéticas particulares y / o definitivas".

Luego, el Decreto Legislativo (DL) No. 111 de 27 de enero de 1992, en cumplimiento de la Directiva 89/398 de la CEE, modificó la redacción que define con más precisión que:

"para alimentos dietéticos nos referimos a todos aquellos productos que tienen propiedades dietéticas y están destinados a una dieta específica para personas que se encuentran en condiciones fisiológicas o patológicas particulares".

En última instancia, la legislación ULTIMA especifica que el producto debe ser ESPECÍFICO para las necesidades nutricionales.

  • de personas con DIFICULTAD en absorción o con METABOLISMO PERTURBATO
  • de personas en CONDICIONES FISIOLOGICAS PARTICULARES
  • de los LACTANTES o NIÑOS en la primera infancia.

Sinónimos de alimentos dieteticos

Los alimentos dietéticos también se llaman:

  • Alimentos para una nutrición particular - DL 111/92
  • Alimentos régimen - DL 111/92
  • Suplementos de esquemas - DL 77/93.

NB . La legislación de 1992 EXCLUYE de los productos dietéticos TODOS aquellos alimentos SOLAMENTE AGREGADOS o REINTEGRADOS en vitaminas, minerales, fibras ... excepto aquellos que DEMUESTRAN para ser útiles para lograr un propósito específico de la DIETÉTICA.

En resumen ...

Los alimentos dietéticos respetan y persiguen las siguientes características generales:

  • Destacan entre los alimentos para uso actual.
  • Haciéndote adecuado para un objetivo nutricional
  • Ser comercializado indicando este objetivo.

Además, los alimentos dietéticos satisfacen las necesidades nutricionales de ALGUNAS CATEGORÍAS PARTICULARES de PERSONAS:

  • que tienen dificultad para absorber o alterar el metabolismo
  • que son, en particular, las condiciones fisiológicas para las cuales pueden TRATAR LA VENTAJA a partir del supuesto de tales productos
  • Bebés o niños de la primera infancia EN BUENA SALUD (DL, 27 de noviembre de 1992, artículo 1, párrafos 1 y 2).

Disposiciones especiales del ministerio.

Entre los alimentos dietéticos hay algunos productos PARTICULARES (también llamados PARA USO ESPECIAL) que requieren la formulación y aplicación de algunos decretos ministeriales específicos; en detalle:

  • Fórmulas para bebés
  • Fórmulas de seguimiento y otras fórmulas para el destete
  • Otros alimentos para la primera infancia.
  • Alimentos con un valor energético bajo (o reducido) destinados al control de peso
  • Alimentos destinados a fines médicos especiales.
  • Alimentos con bajo contenido de sodio, incluidas las dietas, iposed, sales asódicas
  • Alimentos sin gluten
  • Alimentos adecuados para el esfuerzo muscular intenso, especialmente para deportistas.
  • Alimentos destinados a personas que sufren trastornos del metabolismo de la glucosa (diabetes) - DL 27 de noviembre de 1992, art. 8 y el artículo 9, apartado 1.

Alimentos dietéticos para usos especiales.

  • Productos sin gluten: adecuados para todas las personas que tienen intolerancia al gluten (llamada enfermedad celíaca).
  • Hipoproteína o productos aproteicos: se indica en patologías donde se requiere una ingesta reducida de proteínas (algunas enfermedades renales).
  • Productos ricos en proteínas: indicados en enfermedades en las que se requiere una ingesta elevada de proteínas (otras enfermedades u otras etapas patológicas renales).
  • Productos para dietas hipodódicas: indicadas en dietas bajas en sodio (útiles para el control de la hipertensión).
  • Productos libres de disacáridos: indicados en casos de intolerancia a estos azúcares (por ejemplo, leche delactosato, útil en intolerancia a la lactosa o sacarosa).
  • Aceites de cadena media (MCT): aceites que contienen triglicéridos de cadena media y están particularmente indicados en algunas patologías gastro-entéricas (como las pancreopatías).
  • Aceites dietéticos: aceites que generalmente tienen una adición de vitaminas solubles en grasa (A, D, E, K); NB . NO son menos calorías de lo normal.
  • Fibras dietéticas: generalmente consisten en un 15-30% de celulosa y los polisacáridos no celulósicos restantes; Indicado para la regularización de la motilidad intestinal y en la selección de la flora bacteriana fisiológica.
  • Sustitución de comidas hipocalóricas: preparadas en polvo que, en general, contienen alrededor del 80% de proteínas junto con vitaminas, sales minerales y bajas cantidades de carbohidratos y lípidos; NB. NO garantizan un adecuado equilibrio nutricional.